PENSIONES ISSSTE: CONOCE COMO SE MANEJAN LOS PRINCIPALES REGÍMENES PARA UNA PENSIÓN
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PENSIONES ISSSTE: CONOCE COMO SE MANEJAN LOS PRINCIPALES REGÍMENES PARA UNA PENSIÓN
Si piensas realizar el proceso de tu pensión para este 2024 y ya cumples la edad que se solicita, conoce qué modalidades maneja el ISSSTE así como los principales requisitos que necesitas tener para poder ser parte de una pensión digna, además de asegurar un retiro para tu vejez.
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El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Trabajadores del Estado (ISSSTE) manejan dos modalidades para los trabajadores afiliados, uno de ellos es el décimo transitorio y el de las cuentas individuales
Cuenta con dos modalidades de pensión, la cuales son, la pensión por artículo décimo transitorio y cuenta individual.
Régimen Décimo Transitorio
Este régimen está disponible para los trabajadores del ISSSTE que iniciaron a contabilizar sus años de trabajo antes del 31 de marzo del 2007, esta modalidad dependerá exclusivamente de los años que has estado laborando, los tipos de pensión que maneja son:
- Pensión por Jubilación, (58 años para hombre y 56 para mujeres).
- Pensión por edad y tiempo de servicio, (depende los años que tengas laborando, es como se te aplicará un porcentaje para tu pensión).
- Pensión por Cesantía en edad Avanzada, (a partir de los 60 años empiezas a recibir un porcentaje, a los 65 años recibes el 100%).
Régimen por cuentas individuales
Es manejado por las cuentas individuales de cada trabajador, está disponible para cualquier trabajador que busque pensionarse por este régimen, la cuenta individual está compuesta por las aportaciones del trabajador, patrón y del gobierno, el monto total que llegue a acumular dentro de tu cuenta es como se buscará la opción para tu pensión, los tipos de pensiones que pueden alcanzar por medio de este régimen son:
- Pensión por renta vitalicia
- Pensión por el retiro Programado
- Pensión Garantizada
Estas 2 modalidades toman en cuenta los siguientes derechos laborales que tiene derecho el trabajador, las cuales se encuentran las siguientes:
- Aguinaldo (40 días sobre su cuota pensionaría- Artículo Décimo Transitorio) con excepción de las pensiones parciales de riesgos de trabajo.
- Préstamos personales.
- Servicio médico.
- Servicios sociales, culturales y deportivo.
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