Pensión ISSSTE ¿Cuándo Solicitarla?
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Como resguardo y apoyo a la trayectoria de los Trabajadores del Estado está la Pensión ISSSTE. Se trata de un aporte económico que recibe un trabajador activo que por alguna razón haya quedado inhabilitado para seguir ejerciendo su labor.
La remuneración asignada será superior al 50% de su sueldo activo recibido durante el último año de trabajo. La pensión se asigna acorde a la situación del trabajador. Todos los trabajadores tienen derecho a solicitar su pensión al momento de su retiro, solo deben seguir los pasos, cumplir los requisitos y entregar la documentación.
Pensión ISSSTE por Invalidez
El trabajador de estado debe presentar alguna situación médica que lo inhabilite de sus labores, para ello el instituto procederá a realizar la revisión médica para determinar que se encuentra en estado de invalidez y continuar con los trámites que gestionen su pensión.
Para comenzar, el instituto entregará una pensión de dos años como proceso de adaptación, antes de proceder a la pensión definitiva.
Cuantía de la Pensión ISSSTE por Invalidez:
- 35% del promedio del último año inmediato a la baja del trabajador
- El trabajador tendrá derecho a 40 días de pensión con motivo de aguinaldo. Este será pagado de forma anual.
- Para los trabajadores que seleccionen cuanta individual, la Aseguradora que administre la pensión deberá hacer el entero de las cuotas y aportaciones correspondientes al seguro de retiro, cesantía de edad avanzada y vejez en la cuenta individual del pensionado, hasta cumplir con los supuestos para tener su pensión por vejez.
- En el caso de la pensión por invalidez, el trabajador deberá contratar un seguro por sobrevivencia, considerando a todos los beneficiarios registrados en el ISSSTE.
- Si el trabajador se rehabilita, la aseguradora debe hacer la devolución de la reserva correspondiente. Considerando que se descuenta las pensiones pagadas y los gastos administrativos.
- En el caso de que la cuantía de la pensión sea inferior a la Pensión Mínima Garantizada, se entregara la PMG que se indica en el artículo 170 del IMSS.
Pensión ISSSTE por Incapacidad
A través de la Ley del ISSSTE en su Capítulo V se establece que los riesgos de trabajo son los accidentes o enfermedades a la que están expuestos los trabajadores en pleno ejercicio de sus funciones. Se considera riesgo de trabajo, lesiones de órganos o alguna perturbación funcional.
También se considera la muerte repentina en el ejercicio y a causa del trabajo. Se incluye también accidente del trabajador en retorno a su domicilio o camino al lugar en que desempeña su trabajo o a la estancia de bienestar infantil de sus hijos.
Incapacidad en 3 situaciones:
- Incapacidad temporal: El trabajador disminuyes sus facultades o actitudes y esto no le permite tener un buen desenvolvimiento en el trabajo por un periodo de tiempo.
- Incapacidad Parcial: el trabajador disminuye sus facultades o actitudes para desempeñarse en el trabajo por tiempo parcial. El tiempo que dure la incapacidad.
- Incapacidad Total: Cuando el trabajador pierde sus facultades o actitudes para desempeñarse en el trabajo por el resto de su vida.
Prestaciones Económicas por Incapacidad:
- Pensión por incapacidad total, equivalente al sueldo base que venía disfrutando el trabajador
- El trabajador tendrá derecho a los 40 días de aguinaldo si se trata de incapacidad total.
Si el trabajador muere por causas ajenas al servicio, se podrá tramitar las pensiones correspondientes a: Viudez, Viudez y orfandad o Ascendencia.
SEGUNDO SORTEO DE PRESTAMOS ISSSTE ¡DISPONIBLE LOS RESULTADOS!
Pensiones ISSSTE
Retiro
Un trabajador pueden pensionarse antes de cumplir las edades de retiro si cumple con los recursos suficientes para cumplir una renta vitalicia que sea superior en más del 30% a la pensión garantizada una vez cubierto el seguro de sobrevivencia de sus derechohabientes.
Cesantía
Se presenta cuando el trabajador queda privado de su trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad y hasta antes de cumplir sus 65. Para tramitar esta pensión se debe haber cumplido hasta 25 años de cotización. Si no se poseen los recursos suficientes, el trabajador podrá retirar el saldo de su cuenta individual o continuar cotizando hasta alcanzar los respectivos requisitos.
Viudez
Cuando se presenta la muerte del asegurado o pensionado, la aseguradora entregara a la viuda o concubina la Pensión por Viudez.
Orfandad
Se trata de una prestación en dinero que recibirán los hijos con derecho a ella en caso de la muerte de padre o madre asegurados o pensionados. Pensión para hijos menor de 18 años o hasta los 25 si se encuentran estudiando en planteles del sistema educativo nacional o en el caso de ser incapacitados.
Ascendientes
Pensión entregada a los padres del asegurado o pensionado en caos de fallecimiento. Esta pensión se entrega solo cuando no existen esposa, ni hijos con derecho a recibir la pensión.
El proceso para solicitar tu pensión se realiza de forma directa en el ISSSTE.
¿Por qué la pensión ISSSTE por invalidez debe ser mayor que por incapacidad?
¿Por qué alguien se jubilaría por invalidez? ¡Mejor ser productivo y seguir trabajando!
¿Y si en lugar de la pensión ISSSTE, mejor buscamos un trabajo que nos apasione?