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Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024

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Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024

Se estima que los adultos mayores, afrontan diariamente condiciones, donde los ingresos y recursos son insuficientes para poder tener una calidad de vida digna, así mismo enfrentan carencias en los diferentes sistemas de salud y protección social, afectando de manera significativa su condición de vida.

En este sentido, nace el Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, que brinda atención a todas aquellas personas mayores a partir de los 65 años de edad y a todos aquellos que tengan 65 años de edad y se encuentren ubicados en zonas o municipios indígenas.

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Requisitos necesarios para acceder al Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores

Para poder ser beneficiarios de este Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, debemos cumplir con todos los requisitos que presentaremos a continuación:

  • En primera instancia, debemos cumplir con los criterios establecidos para la elección de este Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024.
  • Así mismo, debemos presentar el certificado de nacimiento.
  • Seguidamente, adjuntar un documento de identificación. Puede tratarse del INE, el pasaporte o la credencial otorgada por el Instituto Nacional de Personas Adultas Mayores (INAPAM) o en su defecto, algún documento que certifique nuestra identidad, otorgado por algún ente encargado correspondiente.
  • Además, presentar la CURP y un comprobante de ubicación de nuestro domicilio, el mismo debe tener un periodo de vigencia no mayor a los 6 menes de ser expedido o la constancia de residencia, otorgada por alguna autoridad de la localidad.
  • Por último, el formato de registro de Bienestar, el mismo deberá estar correctamente llenado.
  • En el caso de ser persona adulta auxiliar, junto al resto de los documentos, anexar un documento que certifique el parentesco con el adulto mayor.
  • Por su parte, en caso de ser extranjero, debemos presentar el documento que certifique nuestra permanencia legal en el país, otorgado por el INM, cuya fecha no exceda a los 25 años desde su expedición, junto al historial de migración.

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Observación

En caso de ser una persona adulta mayor, y no tenemos posesión de alguno de los documentos, debido a un caso imprevisto o por causas ajenas a nuestra voluntad, debemos indicar por escrito, cual es el documento que falta y las razones por el cual no contamos con él, así mismo, incluyendo los datos que deberían estar en el documento faltante.

Dicha carta deberá ser firmada, bajo protesta de decir la verdad, junto con la firma de dos testigos, quienes deberán indicar su dirección de domicilio y la copia de su documento de identificación oficial.

Consideraciones tomadas para la priorización

Dentro de las consideraciones que se toman en cuenta, para dar atención en el presente Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, se brindará el apoyo:

  • En primera instancia a los adultos mayores que habiten en los municipios o zonas con población mayormente indígena o afroamericana, con un alto índice de marginación.
  • A las personas que se encuentren ubicadas dentro de la clasificación de municipio o lugares con población mayormente indígena y afroamericana, en concordancia a la clasificación del INPI, la cual podemos consultarla a través de www.gob.mx/bienestar/documento/perosnas-adulta-mayores
  • La disposición, para la integración de los beneficiarios, será realizado de acuerdo a la fecha de registro y la disposición presupuestal del programa.

Montos y modalidades otorgados por el Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores

Este Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024 tiene un importe económico establecido, por $1,925.00 mensuales, los mismos serán depositados cada dos meses, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Presupuesto de Egreso de la Federación.

Así mismo, este programa otorga el apoyo económico bajo dos descripciones o modalidades. La primera, es el apoyo económico mensual, de entrega bimestral, para los adultos mayores de 65 o más edad, que son mexicanos de nacimiento o de nacionalización y extranjeros que posean su domicilio actual en la República de México.

En el segundo caso, se encuentra el apoyo económico de pago de marcha por única ocasión, este apoyo tiene el mismo monto que el anterior, y es otorgado al adulto auxiliar de la persona adulta fallecida, que fue beneficiario de este Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024.

¿Cuáles son mis derechos como beneficiario del programa?

Una vez hayamos sido aceptados para formar parte del Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, tenemos derecho a:

  • Que nos brinden las informaciones pertinentes y claras, referentes a la cualquier duda sobre el programa.
  • Ser tratados de forma respetuosa y digna, con calidad e igualdad.
  • Recibir las orientaciones necesarias para poder realizar un determinado trámite, relacionado con el programa, sin ningún costo o bajo ningún condicionamiento.
  • Recibir la seguridad necesaria de nuestros datos personales.
  • Percibir el importe económico brindado por este programa, durante el bimestre siguiente a la fecha de nuestro acceso al programa.
  • Tener la posibilidad de dejar a cargo una persona adulta auxiliar, que deberá registrarse en el formato de registro de Bienestar, para que sea nuestra representante para las tramitaciones respectivas a este programa.
  • Tener la posibilidad de solicitar una visita por parte del personal de la Secretaria de Bienestar, en caso de padecer una discapacidad o enfermedad que nos impida salir a realizar el registro de solicitud para el programa.

¿Cuáles son mis deberes como beneficiario del programa?

Así como tenemos derechos al momento de ser beneficiarios del presente Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, tenemos obligaciones que cumplir, entre ellas se contemplan:

  • Brindar la información de manera clara y fidedigna, de acuerdo con lo establecido en el reglamento de operación de este programa.
  • Realizar la actualización de datos, cuando esto sea solicitado con anticipación, así mismo, entregar los documentos solicitados.
  • En caso de no ser localizados por el personal autorizado, durante dos ocasiones, debemos presentarnos personalmente o en su defecto la persona adulta auxiliar, ante las oficinas correspondientes, con el fin de atender el requerimiento hecho.
  • Informar a las autoridades competentes, en el caso de realizar un cambio de domicilio o si estaremos ausentes por un tiempo prolongado.
  • Los familiares o la persona adulta auxiliar, deberá informar de manera inmediata, en el caso del fallecimiento de la persona titular que forma parte de los beneficiarios del programa.

¿Cuáles son las causas por las cuales puede ser suspendido, retenido o cancelado nuestro beneficio?

Si cumplimos con todas nuestras obligaciones como beneficiarios, no debemos preocuparnos por perder nuestro beneficio, sin embargo, debemos estar alerta de no incumplir alguno de los siguientes casos, que serán motivo para que seamos suspendidos o eliminados de este Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, o en su defecto que nuestro beneficio sea retenido.

Casos que tienen como consecuencia la retención

  • Si en algún momento se detecta alguna inconsistencia de la información proporcionada o de alguno de los documentos entregados.
  • Si por algún motivo la persona adulta auxiliar, no hace acto de presencia para el recibimiento del apoyo, durante dos bimestres de manera consecutiva.
  • En el caso de descubrir el plagio de datos personales del beneficiario.
  • Si el beneficiario aparece en el registro del CURP en situación de fallecido.

Casos para la suspensión del beneficio

  • Serán motivos de suspensión, la ausencia del beneficiario o en su defecto de la persona adulta auxiliar, para aclarar los casos que han sido mencionados anteriormente.
  • Si se verifica que poseemos apoyos simultáneos, uno de ellos será cancelado y será suspendido el apoyo equivalente a los bimestres que ya han sido emitidos.

Casos que ameritan la cancelación del beneficio

  • Al momento que se informe sobre el fallecimiento de la persona beneficiada.
  • Luego de dos bimestres consecutivos suspendidos.
  • En caso de haber proporcionado información falsa o algún documento falsificado.
  • Si no cumplimos con las normativas o reglamentos establecidos en este programa.
  • En el caso de que solicitemos la baja voluntaria de este beneficio o en su defecto, sea solicitada la baja por parte de la persona adulta auxiliar.

De ser este el caso, debemos asistir al módulo de atención más cercano e indicar la fecha, el nombre completo de la persona titular del beneficio, el número de folio, dirección del domicilio, incluyendo el nombre del municipio, finalmente el motivo de la renuncia al apoyo.

  • En el caso de haber tenido alguno de estos casos y nuestra pensión haya sido suspendida, cancelada o retenida, seremos reincorporados en el programa nuevamente una vez que:
  • En el caso de resolver adecuada y satisfactoriamente el inconveniente presentado.
  • Si hemos solicitado la baja de manera voluntario y requiramos la reincorporación al programa.
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¿Cómo puedo ser reintegrado al Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores?

Si por alguna circunstancia, o debido a alguno de los casos antes mencionados hemos sufrido la baja para recibir nuestro apoyo, podremos ser incorporados nuevamente al Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, cuando:

  • Hayamos resuelto de manera satisfactoria, el incidente que causo la suspensión de nuestro beneficio.
  • En caso de haber hecho la solicitud de la baja de manera voluntaria y realicemos la solicitud para ingresar nuevamente al programa.
  • De haber sido suspendidos antes del periodo de los pagos de impuestos del 2023-2024 y en caso de cumplir con todas las condiciones para ser elegidos y requisitos de las reglas de operación.

Es preciso recordar, que antes de ser incluidos nuevamente al Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2023-2024, todos los datos y documentos deberán ser verificados y de cumplir con todos los lineamientos establecidos, podremos ser reincorporados al programa.

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